BASES LEGALES de la Promoción: “Pasa la Pass 2 – Challenge Fuerza de Ventas”
La entidad Servicios Financieros Carrefour Establecimiento Financiero de Crédito, S.A., entidad de pago híbrida, con domicilio social en Alcobendas – Ctra. Burgos, Km. 14,500, 28108, Madrid, con CIF A- 79456232 e Inscrita en el Registro Mercantil de Madrid T.275, F.165, H nº M-5555 Inscripción 1ª (en adelante, “SERVICIOS FINANCIEROS CARREFOUR”) organiza la presente Promoción denominada “Pasa la Pass 2 – Challenge Fuerza de Ventas” (en adelante, la “Promoción”), que se regirá por las siguientes bases legales (en adelante, las “Bases Legales”).
1. ¿Cuál es el objeto de esta Promoción?
La presente campaña promocional tiene como finalidad la de de potenciar, en puntos de venta CARREFOUR y entre sus clientes, la contratación de la tarjeta de crédito y débito “tarjeta Pass” emitida por SERVICIOS FINANCIEROS CARREFOUR, para el pago y financiación de compras de bienes y servicios, tanto dentro como fuera de los establecimientos CARREFOUR, a nivel nacional e internacional (en adelante “Las tarjetas”).
2. ¿A quién está dirigida la Promoción?
Tendrán acceso a la participación en la promoción aquellos empleados, comerciales o vendedores, del grupo CARREFOUR que presten sus servicios en puntos de venta sitos en España Peninsular, Baleares e Islas Canarias, que cumplan con los requisitos establecidos en estas Bases y consigan el objetivo comercial marcado en el apartado 4 de las presentes bases legales.
3. ¿Cuánto dura la Promoción?
La promoción tendrá una duración comprendida entre el día 18 de noviembre de 2024 y el día 5 de enero de 2025, ambas fechas incluidas (Periodo de Vigencia).
4. ¿Qué pasos debes seguir para poder participar en la Promoción?
Participarán en la promoción aquellos empleados que, durante el periodo de vigencia de la campaña, consigan el objetivo mínimo de captación de, al menos, un nuevo cliente que contrate y de alta por vez primera su “tarjeta Pass” en uno de los puntos de venta Carrefour sitos en España Peninsular, Baleares e Islas Canarias, con seguimiento del proceso hasta la aprobación de su emisión formal, siempre y cuando conste correctamente cumplimentado en todas ellas el formulario de solicitud de emisión de las tarjetas, de forma válida, completa y eficaz en cada uno de los campos que lo componen, sin que resulten admisibles los datos inexactos o que en la fecha requerida en cada caso durante el transcurso de la promoción, gestión del sorteo y entrega de premios, no se encuentren actualizados y en vigor.
Por la consecución de dicho objetivo mínimo, los participantes obtendrán una participación para el sorteo que se celebrará ante notario, en dos fases diferenciadas según se expone en el apartado 6 de las presentes Bases Legales, donde podrán optar a unos determinados premios que más adelante se describen.
Adicionalmente, los participantes conseguirán un nuevo derecho de participación para el sorteo, por cada captación de nuevo cliente que efectúe contratación del citado producto que cada participante sea capaz de lograr, en las condiciones ya citadas y en el plazo de vigencia de la presente promoción.
Para esta promoción, los empleados integrantes de los departamentos comerciales de ventas de CARREFOUR, participarán de manera conjunta con los restante miembros de cada departamento, siempre que dichos departamentos cumplan con el objetivo mínimo de captación de “tarjetas Pass” marcadas por SERVICIOS FINANCIEROS CARREFOUR, y previamente comunicadas a cada uno de ellos al inicio de la presente promoción. De esta manera, obtendrán una o varias participaciones para el sorteo en la forma más arriba descrita, todos aquellos vendedores pertenecientes a departamentos que hayan cumplido su objetivo global, y que además hayan conseguido, a título individual, la captación de
contratación de una o varias “Tarjetas Pass”, ganando tantas participaciones para el sorteo, como captaciones de nuevas “tarjetas Pass” hayan logrado realizar. (“las participaciones para el Sorteo”)
Los participantes autorizan a SERVICIOS FINANCIEROS CARREFOUR a llevar a cabo las verificaciones necesarias sobre la identidad y datos facilitados por los nuevos clientes adquirentes de “las tarjetas Pass” y cualquier declaración falsa o indicios de identidad falsa ocasionará la descalificación inmediata del participante y, en su caso, la obligación de devolver el premio si ya hubiese sido entregado, quedando este en beneficio del siguiente participante clasificado según se expone más adelante.
Solo se tendrán en cuenta las operaciones de captación de clientes y contratación de nuevas “tarjetas Pass”, conseguidas por los Participantes dentro del “periodo de vigencia”.
Una vez finalice el periodo de vigencia de la promoción, se efectuará el recuento de “las tarjetas Pass” cuya nueva contratación por clientes haya tenido lugar y cuya emisión haya sido aprobada por SERVICIOS FINANCIEROS CARREFOUR en el periodo de la promoción, por mediación de cada uno de los empleados participantes, de manera individual o como integrantes de un mismo departamento comercial, y se elaborará una clasificación detallada en la que se hará constar el número de tarjetas vendidas atribuibles a cada uno de ellos y por tanto, el número de derechos de participación en el sorteo adquiridas por cada uno.
5. Descripción de los premios
Los participantes en esta promoción tendrán acceso al sorteo que tendrá lugar ante Notario, donde podrán optar a ganar uno de los ocho (8) packs denominados “Escapada Rural”, para dos personas cada una, que incluyen lo siguiente:
Este premio no incluye transporte o gastos de desplazamiento desde la ciudad de origen hasta la ciudad en que se emplacen los hoteles seleccionados por los ganadores, ni en general ningún otro gasto distinto a los expresamente contemplados más arriba.
Se advierte que, al tratarse de hoteles en emplazamientos rurales y costeros a nivel nacional, no hay conexiones directas de AVE o tren, por lo que la selección y el coste del transporte de ida y vuelta al destino, así como el de los desplazamientos dentro de la localidad, correrán de cuenta directa de los ganadores.
Cada uno de los ocho Packs está valorado en 250 €.
6. Sorteo
Según lo descrito en el apartado 4 de las presentes bases, los participantes recibirán tantas participaciones para el sorteo, como nuevas “tarjetas Pass” se hayan logrado captar y contratar con su intervención durante el periodo de vigencia de la promoción, siempre que, a su vez, el departamento comercial al que pertenezcan dichos participantes, haya logrado superar el objetivo comercial común establecido para dicho departamento.
A los efectos del cómputo de las “tarjetas Pass” válidamente contratadas y emitidas, el Periodo de vigencia quedará dividido en dos subperiodos o fases:
En adelante, “las Fases”.
A la finalización de cada una de las dos citadas fases se cerrará el cómputo de las “tarjetas pass” válidamente solicitadas por los clientes y emitidas por CPC, en cuya captación hayan participado cada uno de los participantes, exclusivamente durante dicha fase, y se asignarán “las participaciones el sorteo” adquiridas en cada fase de la promoción, que a cada uno corresponda, según lo expuesto más arriba.
A continuación, se procederá a la celebración, ante la Notario Dª Palmira Delgado Martín del Ilustre Colegio de Notarios de Madrid, sito en la Calle Juan Bravo Nº 32, 1º Derecha, 28006 Madrid, de dos (2) sorteos distintos, uno para cada fase, sorteándose 4 premios packs “Escapada Rural” en cada uno de ellos.
El sorteo correspondiente a las participaciones adquiridas durante la fase a), tendrá lugar ante la citada Notario, el día 05/12/2024 y el Sorteo correspondiente a las participaciones adquiridas durante la fase b), tendrá lugar el día 09/01/2025
Al finalizar cada una de las dos Fases del periodo, SERVICIOS FINANCIEROS CARREFOUR generará un archivo en el que constarán todos los participantes con derecho de participación en cada uno de los dos distintos Sorteos, según el criterio previamente establecido. Dichos archivos serán remitidos al Notario encargado de realizar los correspondientes Sorteos, haciendo constar en el mismo la siguiente información:
SERVICIOS FINANCIEROS CARREFOUR hará constar el referido código individual de identificación repetido tantas veces como derechos de participación haya obtenido cada participante, lo cual se consignará en el orden que se considere oportuno: por fecha de generación del derecho de cada participación en el Sorteo o de forma correlativa para cada Participante.
El sorteo ante Notario se realizará, en ambas fases, a través de una herramienta que aplicará una fórmula aleatoria sobre el mismo fichero de participantes que garantice la imparcialidad, aleatoriedad e independencia (en adelante la Herramienta). El soporte informático a utilizar para cada sorteo será un PC convencional. La obtención de los registros premiados en el sorteo se realizará por el sistema de combinación aleatoria de tracto sucesivo, a través de la aplicación informática facilitada por la Sra. Notaria.
Para ello, en cada uno de los dos Sorteos la Herramienta seleccionará 4 participaciones al azar; dichas participaciones se obtienen en orden: las cuatro primeras corresponderán a los 4 ganadores, y las siguientes tres participaciones obtenidas en cada fase del sorteo a partir de la quinta, corresponderán, por orden de extracción, a los 3 suplentes de los 4 ganadores en cada sorteo.
El notario levantará acta del sorteo con la lista ordenada de las primeras 4 participaciones seleccionadas por la herramienta para los ganadores, y las3 siguientes, para los suplentes, en cada uno de los dos sorteos.
Ningún Participante podrá resultar ganador de más de un premio. Si en una misma fase del Sorteo se diera tal circunstancia, automáticamente, el premio se asignará al siguiente suplente por orden de designación en dicho sorteo.
Así mismo, los participantes que, habiendo adquirido derechos de participación para las dos fases del Sorteo, tras la primera extracción de ganadores de la primera fase del Sorteo, resulten ganadores de un premio, quedarán excluidos en la segunda extracción de posibles ganadores en la segunda fase del Sorteo.
7. Notificación del premio y entrega e indicaciones para Disfrutar el premio
SERVICIOS FINANCIEROS CARREFOUR comunicará el premio a los ocho ganadores, de los dos sorteos, el día 9 de diciembre de 2024 para la fase a) y el 13 de enero de 2025 para la fase b), a través del correo electrónico de los participantes que conste en los archivos de la Entidad. En caso de que algún ganador renuncie al premio, no sea localizable, o no cumpla los requisitos de las bases se procederá a seleccionar a un suplente en el orden de selección de la herramienta.
Una vez efectuado el primer contacto con los ganadores, SERVICIOS FINANCIEROS CARREFOUR se pondrá en contacto con el Ganador vía correo electrónico, enviándole la carta de aceptación del premio que el premiado deberá devolver, también al correo electrónico habilitado, debidamente firmada y cumplimentada en todos sus apartados, incluyendo todos los datos fiscales a efectos de IRPF, y firmado junto con una copia del documento nacional de identidad (DNI/NIF) o pasaporte en vigor, en el plazo máximo de 7 días.
Se considerará por SERVICIOS FINANCIEROS CARREFOUR como NO ACEPTACIÓN DEL PREMIO (RENUNCIA):
En caso de que algún suplente renuncie al premio, no sea localizable o no cumpla los requisitos, se procederá del mismo modo, seleccionando el siguiente suplente de la lista, pudiendo quedar, algún o todos los premios, desierto al haber agotado la lista de ganadores y suplentes.
SERVICIOS FINANCIEROS CARREFOUR se reserva el derecho a no realizar la entrega a una persona distinta del Ganador o a quien legalmente le represente.
En ningún caso, la pérdida o renuncia a la condición de ganador o del premio generará el derecho de los ganadores a obtener cualquier otro tipo de compensación, canje o indemnización.
Una vez finalizado el proceso previamente descrito, SERVICIOS FINANCIEROS CARREFOUR gestionará a través de la agencia colaboradora CROMÁTIKA COMUNICACIÓN VISUAL, S.L. la entrega de los ocho premios. A tal fin, el día ( en el transcurso de 15 días desde la recepción de documentación firmada) , dicha agencia se pondrá en contacto con los ganadores para la entrega de los packs, y coordinará con los ganadores el trámite de selección de destino y experiencia y la reserva del correspondiente Hotel y reserva en el proveedor de experiencias seleccionado, todo ello en función de la disponibilidad en las fechas solicitadas, ofreciendo alternativas en caso de ser necesario.
La agencia colaboradora resolverá directamente con el ganador cualquier duda o consulta que surja durante el proceso de gestión de reservas. Una vez confirmada la reserva por parte del ganador, no se permiten cambios ni anulaciones.
Se procederá a enviar por correo electrónico a los ganadores un código de redención y un enlace para canjearlo en la página web www.ruralka.com por un Pack “Escapada Rural”. En dicha Web se incorporarán las instrucciones que cada ganador debe seguir para canjear los packs, y cuya titularidad corresponde a la entidad RURALKA. Cada uno de los ganadores deberán proceder personalmente a la selección de destino, experiencia y reserva del correspondiente hotel en función de la disponibilidad en fechas solicitadas y de acuerdo con las políticas, términos y condiciones que regulan el disfrute de los packs “Escapadas Priceless” que se encuentran disponibles dentro de la web de RURALKA (www.ruralka.com).
Tras la gestión de la reserva según la información facilitada por el GANADOR (teléfono/email), Ruralka enviará al GANADOR un voucher de confirmación que tendrá que entregar a su llegada al hotel.
Una vez confirmada la reserva por parte del ganador, no se permiten cambios ni anulaciones.
El Premio será personal e intransferible para su disfrute por el propio Participante beneficiario, sin posibilidad de canje o indemnización sustitutoria de ningún tipo.
El periodo de disfrute de los “Packs Escapadas Rurales” es de 2 años desde la recepción del premio.
La imposibilidad de disfrute del premio por motivo de enfermedad, baja médica o cualquier otra directamente imputable al Participante no dará lugar a compensación alguna por parte de SERVICIOS FINANCIEROS CARREFOUR.
SERVICIOS FINANCIEROS CARREFOUR se reserva la posibilidad de sustituir los antedichos premios por otros de similares características y valor. Una vez definidos, los premios no podrán ser sustituidos por ningún otro, ni serán objeto de contravalor, canje o compensación económica alguna en el momento de su recogida o entrega, y queda terminantemente prohibida a los ganadores su venta o cesión a terceros por cualquier vía, salvo expresa autorización previa de SERVICIOS FINANCIEROS CARREFOUR.
8. Publicidad del Premio
SERVICIOS FINANCIEROS CARREFOUR no realizará ninguna acción publicitaria o comercial relacionada con el resultado de la siguiente promoción, salvo la comunicación interna por parte de Centros Comerciales Carrefour a sus respectivos trabajadores.
En todo caso, los ganadores del Premio, si así lo desean, al aceptar el premio, podrán autorizar expresamente a SERVICIOS FINANCIEROS CARREFOUR a utilizar publicitariamente su nombre e imagen en el material publicitario relacionado con la presente Promoción sin contraprestación económica alguna.
9. ¿Qué supone la aceptación de las Bases Legales?
La aceptación de las presentes Bases Legales supone la plena conformidad con las mismas.
Como Participante, deberás seguir las instrucciones que pudiera cursar, en su caso, SERVICIOS FINANCIEROS CARREFOUR.
SERVICIOS FINANCIEROS CARREFOUR se reserva el derecho de adoptar aquellas decisiones necesarias para la resolución de aquellas controversias y conflictos que surjan en el desarrollo de la Promoción, siempre que estas no te perjudiquen indebidamente y resulten equitativas.
En el supuesto de que no cumplas las condiciones de participación aplicables, o no cumplas con todos los requisitos establecidos en estas Bases Legales, podrás ser excluido de la Promoción y, en el caso de resultar ganador, no tendrás derecho a recibir el Premio en los términos establecidos en las mismas.
10. Fraude
En el caso de que SERVICIOS FINANCIEROS CARREFOUR, detecte por cualquier medio cualquier anomalía o sospeche que un Participante o un tercero está impidiendo el normal desarrollo de la Promoción, podrá de forma unilateral eliminar la intervención de ese participante. A estos efectos, SERVICIOS FINANCIEROS CARREFOUR ha habilitado los necesarios soportes tecnológicos para detectar una posible actuación fraudulenta, anómala o dolosa que pretenda alterar la participación con el objetivo de lograr el premio de forma ilícita. Por tanto, SERVICIOS FINANCIEROS CARREFOUR se reserva el derecho de eliminar del registro a cualquier participante que evidencie o del que se sospeche una actuación irregular en el sentido descrito.
SERVICIOS FINANCIEROS CARREFOUR se reserva el derecho de descalificar al Participante, a su entera discreción, si considera que ha manipulado, intentado manipular la Promoción o incumple cualquiera de los términos y condiciones de las presentes Bases Legales.
11. ¿Cuál es la responsabilidad de SERVICIOS FINANCIEROS CARREFOUR en esta Promoción?
SERVICIOS FINANCIEROS CARREFOUR no se responsabiliza de las posibles pérdidas, deterioros, robos, retrasos o cualquier otra circunstancia imputable a terceros o a Internet que pudieran afectar a la participación en la Promoción.
SERVICIOS FINANCIEROS CARREFOUR se reserva el derecho de anular cualquier participación o a cualquier participante, si se tienen sospechas de una manipulación incorrecta de la Promoción.
Asimismo, SERVICIOS FINANCIEROS CARREFOUR excluye cualquier responsabilidad por los daños y perjuicios de toda naturaleza que, a pesar de las medidas de seguridad adoptadas, pudieran deberse a la utilización indebida de los servicios y de los contenidos por parte de los participantes, y, en particular, aunque no de forma exclusiva, por los daños y perjuicios de toda naturaleza que puedan deberse a la suplantación de la personalidad de un tercero efectuada por un usuario en cualquier clase de comunicación realizada.
El ganador que disfrute del premio deberá someterse a las instrucciones que se le facilite por los propios proveedores de los servicios ofertados así como a las normas y condiciones que regulan su uso y disfrute que en su caso dicte la empresa proveedora, no siendo responsable SERVICIOS FINANCIEROS CARREFOUR de ninguna incidencia o deficiente prestación del servicio por parte de los proveedores, por lo que cualquier reclamación deberá ser dirigida en todo caso frente a los establecimientos o prestadores finales del servicio o el Hotel elegido por el participante para el disfrute de su premio “Pack Escapada Rural”.
Igualmente será cada proveedor de servicios el responsable de garantizar la integridad, calidad y puntualidad de la prestación de servicios y del producto y quien asuma responsabilidad íntegra y exclusiva frente a los beneficiarios por una prestación deficiente de servicios y/o una mala calidad del producto.
Por tanto, una vez aceptado y entregado el premio SERVICIOS FINANCIEROS CARREFOUR no se hará responsable del correcto funcionamiento o disfrute del mismo, ni responderá por los daños y perjuicios que puedan sufrir los beneficiarios de los premios como consecuencia de errores, retrasos, deficiente prestación de cada servicio, accidentes, lesiones de cualquier tipo, pérdida de equipaje, pérdidas económicas, o en general cualesquiera otros derivados de tales servicios, que deberán ser en todo caso directamente reclamados por cada perjudicado frente a la persona o entidad proveedora de los mismos, dejando indemne a SERVICIOS FINANCIEROS CARREFOUR respecto a cualquier posible reclamación.
12. ¿Cuál es el período de reclamación?
El período de reclamación de la Promoción finaliza transcurridos tres (3) meses contados a partir del día 23 de enero de 2025, es decir, el 23 de abril de 2025.
13. Fiscalidad
De conformidad con la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, por la que se aprueba el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (LIRPF), y el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba su Reglamento (RIRPF), y demás disposiciones concordantes y dictadas en su desarrollo se informa a los participantes, que el Premio concedido por la participación en juegos, concursos, rifas o combinaciones aleatorias vinculadas a la venta o promoción de bienes o servicios tiene la consideración de ganancia patrimonial sujeta a retención o ingreso a cuenta de los citados impuestos si la valoración del premio supera los trescientos Euros (300 €), lo cual no sucede en el caso de la presente promoción.
En todo caso, las repercusiones fiscales que la obtención del Premio tenga en la fiscalidad del Ganador, serán por cuenta de éste, por lo que SERVICIOS FINANCIEROS CARREFOUR queda exonerado de cualquier responsabilidad.
14. ¿Dónde puedes consultar las Bases Legales?
El participante quedará automáticamente adherido al contenido de las presentes Bases Legales por el mero hecho de ser trabajadores de Grupo CARREFOUR, y realizar solicitudes de nuevas “tarjetas PASS” para sus clientes dentro de sus labores comerciales, aceptando así las normas que rigen el procedimiento de la presente promoción.
SERVICIOS FINANCIEROS CARREFOUR queda facultado para resolver cualquier contingencia no prevista en las presente Bases Legales.
Las Bases legales de la presente Promoción se encuentran depositadas y protocolizadas en la Notaría del Ilustre Colegio de Notarios de Madrid Dª Palmira Delgado Martín, en la Notaría sita en la Calle Juan Bravo Nº 32, 1º Derecha, 28006 Madrid. El sorteo será realizado por este mismo notario.
SERVICIOS FINANCIEROS CARREFOUR podrá modificar, cancelar o suspender la Promoción debido a causas de fuerza mayor ajenas a su control, comprometiéndose a informar a los Participantes de dicha circunstancia a la mayor brevedad.
En el caso de que cualquier cláusula de estas Bases Legales sea declarada nula o inválida, seguirán en vigor las restantes cláusulas no afectadas por la misma.
15. Tratamiento de Datos de Carácter Personal
El Participante es informado de que los datos personales que se faciliten con ocasión de la participación en la presente Promoción, incluidos aquellos que faciliten en caso de resultar Ganador, serán objeto de tratamiento por parte de SERVICIOS FINANCIEROS CARREFOUR con domicilio social en Alcobendas – Ctra. Burgos, Km. 14,500, 28108, Madrid, con la finalidad de gestionar todas las fases de la presente Promoción. También tratará los datos con el objeto de poder entregar el Premio y demás labores de comunicación, información y promoción asociados a la Promoción, en los términos previstos en las presentes Bases Legales.
La base legitimadora para tratar los datos personales para las finalidades antes descritas es la ejecución de la Promoción.
Sus datos personales son tratados de acuerdo con lo dispuesto en la normativa aplicable en materia de protección de datos personales y servicios de la sociedad de la información, guardándose las medidas técnicas, organizativas y de seguridad necesarias para garantizar la confidencialidad de los mismos y para evitar su alteración, pérdida y tratamiento o acceso no autorizado.
Los datos, así como cualquier otra documentación aportada relacionada con el mismo, serán conservados por SERVICIOS FINANCIEROS CARREFOUR, para una mejor gestión y control de los Sorteos conforme a la política de tratamiento de datos firmada con SERVICIOS FINANCIEROS CARREFOUR.
En SERVICIOS FINANCIEROS CARREFOUR no comunicaremos tus datos a terceros, salvo que estemos obligados por una ley o que hayamos recibido el consentimiento. Los Participantes podrán ejercitar gratuitamente sus derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación del tratamiento y portabilidad, mediante el envío de una notificación por escrito, dirigiéndose a tal efecto a SERVICIOS FINANCIEROS CARREFOUR a la Ctra. Nacional I, km 14,500, 28108, Alcobendas, Madrid.
El ejercicio de estos derechos no tendrá carácter retroactivo.
La cancelación de los datos necesarios para la gestión de la Promoción (incluida la entrega del Premio) supondrá la baja automática de la Promoción. Si considera que SERVICIOS FINANCIEROS CARREFOUR no ha tratado tus datos personales de acuerdo con la normativa, puedes contactar con el Delegado de Protección de Datos en la dirección a la Ctra. Nacional I, km 14,500, 28108, Alcobendas, Madrid.
No obstante, podrás presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos (www.agpd.es)
16. Legislación y fuero
La presente promoción quedará regulada por la legislación española y por el contenido de las presentes bases. En caso de surgir cualquier divergencia o controversia en relación con la interpretación o ejecución de las presentes Bases, serán competentes los Juzgados y Tribunales del domicilio del participante.